CONDICIONES Y COBERTURAS

¿Qué es este seguro?

Asegura tu Factura es un seguro de Protección Jurídica de la compañía DAS, especializada en Defensa Jurídica, para empresas, autónomos y profesionales que pone a disposición del contratante un equipo de abogados especialistas en reclamar facturas impagadas tanto por la vía amistosa a través de la mediación como judicial en caso necesario.

¿Qué cubre?

El asegurado cubre, por un pequeño coste fijo, una póliza por cada factura que quiere asegurar y, en caso de impago, DAS garantiza la reclamación del importe total de la factura hasta los límites y condiciones que detallamos en este documento.

 Coberturas

  1. Reclamación de la factura impagada vía amistosa o en mediación.
    Garantizamos el asesoramiento y la reclamación de la factura seleccionada por el asegurado y no pagada en el plazo legalmente establecido o contractualmente pactado.
  2. Reclamación judicial de facturas impagadas. Asesoramiento y reclamación judicial de la factura como ampliación a la garantía de reclamación de facturas vía amistosa o en mediación.
  3. Asesoramiento jurídico telefónico ilimitado.
    Asesoramos al asegurado en consultas sobre obligaciones contractuales, formas de pago, clientes deudores o ficheros de impagados.
  4. Asesoramiento para la recuperación del IVA de facturas impagadas.
    La aseguradora te garantiza la defensa de tus derechos, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para recuperar el IVA, de esta factura impagada.

¿Cuándo una factura se considera impagada?

Requisitos para la reclamación amistosa, en mediación o judicial de facturas impagadas:

  1. Que tu cliente, que es tu deudor, No haya sido declarado insolvente o tenga en curso un procedimiento concursal.
  2. En caso de dirigirse la reclamación contra la persona que ha garantizado el pago de las cantidades debidas por el cliente, que este no haya sido declarado insolvente o tenga en curso un procedimiento concursal.
  3. Que la factura reúna todos los requisitos mercantiles, fiscales y legales para su reclamación y que la operación mercantil figure debidamente acreditada, vencida y no prescrita.
  4. En caso de que el pago de la factura se haya instrumentado a través de un cheque, pagaré o letra de cambio, deberá estar debidamente documentado el impago con la devolución del efecto.
  5. Que el cliente deudor no sea una Administración Pública

¿Cómo contratarlo?

Debes tener en cuenta:

  1. Válido para facturas de nueva emisión (hasta 5 días a partir de la emisión)
  2. Reclamación de facturas hasta 6.000€ (importe máximo por factura impuesto incluidos.)
  3. Para que la aseguradora inicie un proceso judicial la cuantía mínima de la factura a reclamar debe ser de 600€.
  4. Las facturas deben haberse emitido en España, Andorra o Gibraltar con competencia de la jurisdicción española al tratarse de facturas de nueva emisión.5. Que el cliente deudor no sea una Administración Pública

¿Hay franquicias o carencias?

Este seguro no tiene Franquicias ni carencias.

 ¿Cuánto hay que pagar para asegurar mi factura?

En seguros al precio se dice prima de seguros:

  • Facturas hasta 2.000 € I.V.A. Incluido: 15,90 € Precio Único por factura
  • Facturas hasta 6.000 € I.V.A. Incluido: 22,90 € Precio Único por factura

¿Cómo tramitar una incidencia de tu factura asegurada?

Desde la plataforma puedes dar de alta una incidencia. Necesitamos:

- Factura enviada a tu cliente y que ha resultado impagada

- Albaranes si existen o cualquier otro documento que emitas de tu producto o factura.

- Datos completos de tu cliente, tf, fijo o móvil.

IPID

Documento Informativo

La información de este documento contiene un resumen de las principales garantías y exclusiones. No se tienen en cuenta las condiciones particulares de cada asegurado. La información precontractual y contractual completa sobre el producto se proporciona en otros documentos.

 

Compañía: DAS S.A.

Estado miembro de registro: España

Nº Asegurador: A08055196

Producto: ASEGURA TU FACTURA

¿En qué consiste el seguro?

Asegura tu Factura es un seguro de Protección Jurídica de la compañía DAS, especializada en Defensa Jurídica para empresas, autónomos y profesionales que pone a disposición del contratante un equipo de abogados especialistas en reclamar facturas impagadas tanto por la vía amistosa a través de la mediación como judicial necesario.

Lo que está asegurado

  • ✔️Asesoramiento jurídico a distancia.
  • ✔️Reclamación de facturas impagadas, vía amistosa y mediación.
  • ✔️Defensa administrativa en el procedimiento para recuperar el I.V.A.
  • ✔️Reclamación de facturas impagadas: Límite en Oferta.

Lo que no está asegurado

  • Los hechos deliberados causados por el asegurado para tener acceso a la cobertura.
  • La Reclamación que el Asegurado pudiera formular contra DAS, o la defensa del Asegurado ante una reclamación que le formule DAS.
  • La reclamación en procedimientos concursales.
  • Los asuntos que deban seguirse ante Tribunales Internacionales o de Derecho constitucional, salvo el Recurso de Amparo cuando proceda en asuntos tramitados por DAS en las instancias ordinarias.
  • La defensa y reclamación en conflictos relacionados con la administración de propiedades, activos, acciones, contratos de juego y apuestas incluyendo negocios especulativos.
  • Las reclamaciones contra el causante del conflicto legal que sea, respecto del Asegurado, pariente en línea directa o colateral dentro del tercer grado civil por consanguinidad o afinidad.

¿Hay restricciones con respecto a la cobertura?

Los hechos deliberados causados por el asegurado para tener acceso a la cobertura.

¿Dónde es válida la cobertura?

Quedan cubiertos los conflictos legales ocurridos en España, Andorra y Gibraltar, siempre y cuando sea competente la jurisdicción española.

¿Cuáles son las obligaciones del seguro?

BAJO NULIDAD DEL CONTRATO:
Paga el precio del seguro.

La información facilitada para la contratación del seguro es veraz.


EN CASO DE NECESITAR USAR EL SEGURO:
Proporcionar la documentación requerida por la aseguradora: boletos de avión, facturas y otros documentos de respaldo

¿Cuándo o cómo tengo que hacer los pagos?

La forma de pago será la elegida por el asegurado entre las opciones propuestas en el proceso de pago.

¿Cómo puedo terminar el contrato?

Si el contrato establece que el seguro se renueva anualmente, el tomador del seguro podrá oponerse a la renovación del contrato mediante notificación escrita a la Aseguradora con un plazo mínimo de un mes antes de la finalización del seguro vigente. período. Si el contratista / asegurado ha contratado el seguro de forma remota, dispone de 14 días naturales desde la fecha de contratación del seguro para desistir del mismo, siempre que tenga una duración superior a 1 mes.

El procedimiento para desistir del contrato deberá realizarse a través del correo electrónico del mediador del seguro: solutions@lisa-seguros.com. El Asegurador dispondrá de 14 días naturales desde la notificación del desistimiento, para liquidar el pago no consumido correspondiente al período comprendido entre la notificación del desistimiento y la terminación del período de vigencia inicial del contrato